La Unión
Acta Constitución
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Testimonio documental de la

Fundación del Municipo de La Union


 

En el texto  escrito se indica a continuación:


En la diputación del Garbanzal y casa del presbitero don Juan de Dios Arjona, hoy primero de enero de mil ochocientos sesenta se constituyó el señor don Manuel Herrera y Guzman, alcalde corregidor de la ciudad de Cartagena, acompañado de mi el infraescrito oficial primero de la secretaría del Excelentísimo Ayuntamiento constitucional de ella, escusando al secretario del mismo por hallarse ocupado en el acto del juicio de exenciones para la quinta actual, con el fin de posesionar a los concejales que han de componer el nuevo municipio de este referido puerto del Garbanzal, en conformidad a lo dispuesto señor Gobernador Civil de la provincia en oficio de treinta y uno de diciembre último, recibido por el correo de hoy, el cual va por cabeza de esta diligencia y con efecto después de expedida la oportuna citación a los individuos que aparecen de la antecedente relación, ...


...siendo la una de la tarde del nominado día, comparecieron don Antonio Saéz, don Celestino Yzquierdo, don Pedro Manzanares, don Pedro Ros Conesa, don Antonio Huertas, don Andrés Hernández Ardieta, don Francisco Vidal Pérez, don Ysidro Acosta y don Andrés García, el primero electo para el cargo de alcalde del mencionado Ayuntamiento, el segundo para el de segundo teniente, y los demás para el de regidores, no habiendo verificado su presentación el primer teniente y los restantes regidores para el total número de la susodicha corporación por hallarse ausente, y don Leandro Rosique por no existir ni conocerse ninguno de este nombre en este puerto, pues que solo hay un don Leonardo Rosique.


En vista de todo, dicho señor alcalde corregidor procedió a recibir el juramento de ley para buen desempeño de sus respectivos cargos al alcalde, teniente y regidores presentes, a excepción de don Antonio Huertas, que expuso no poder prestar su juramento porque siendo regidor del Excelentísimo Ayuntamiento de Cartagena, de lo que no había reelevado (sic), además de otras razones que tenia, las cuales si necesario fuere expondría a la consideración del señor Gobernador de la provincia, se creía en el caso de no aceptar el cargo para que ha sido convocado.


Terminado el acto de juramento, el indicado señor corregidor declaró establecido el nuevo Ayuntamiento mediante a haber concurrido para ello la mitad más uno de sus individuos, disponiendo se estendiere esta diligencia por duplicado, dándose por telegrama cuenta al señor Gobernador, firmándola con los señores concurrentes que saben escribir, de que certifico.

Manuel Herrera y Guzmán. Antonio Sáez. Pedro Ros. Isidoro Acosta. Andrés Hernández Ardieta. Andrés García. Pedro Manzanares. José María Piseti, secretario.